Justificación documental de un gasto a los efectos del Impuesto sobre Sociedades
Para que un gasto pueda considerarse deducible en el Impuesto sobre Sociedades, en todo caso, se deberá acreditar la realidad de la operación que los origine por cualquier medio de prueba generalmente admitido en derecho, puesto que únicamente tendrán la consideración de gastos fiscalmente deducibles a efectos del Impuesto los siguientes:
- Gastos contables que correspondan a operaciones reales
- Gastos que estén correlacionados con la obtención de ingresos
- Gastos que estén debidamente contabilizados
- Gastos que hayan sido imputados temporalmente con arreglo a devengo y estén debidamente justificados con arreglo a lo dispuesto en el artículo 106 de la Ley General Tributaria, correspondiendo a los órganos de la Administración tributaria en materia de comprobación, la valoración de las pruebas referentes a cada operación.
Plan de incentivos a funcionarios de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria por “cuotas descubiertas”
La Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) negocia con los funcionarios la ampliación del Plan de Productividad que vincula el bonus a "las cuotas tributarias descubiertas".
La Agencia Tributaria negocia un plan de incentivos que incluye horas extraordinarias e incentivos en función de un aumento de la recaudación efectiva. Este plan sería en realidad la ampliación del modelo de incentivos que viene aplicando desde hace tres años y que el año pasado ya duplicó los bonus para los funcionarios si se superaba el límite de los 11.300 millones de euros de recaudación efectiva.
Este plan no premia a los inspectores, técnicos y administrativos de la Agencia por actas de inspección abiertas sino solamente por cuotas afloradas y cobradas efectivamente.
Fuentes sindicales aseguran que los inspectores podrían cobrar hasta 550 euros diarios más por horas extraordinarias si se cumplen los objetivos.
La AEAT aplaza el Plan que obliga a informar del IVA en tiempo real
La Agencia Tributaria ha trabajado más de dos años en el Proyecto SII (Suministro Inmediato de Información) para que las empresas estuvieran preparadas cuando, en Enero de 2017, entrara en vigor. Sin embargo, ese plazo no se cumplirá ya que el borrador de Real Decreto que desarrollaba la obligación para las empresas de informar del IVA en tiempo real se publicó en Julio de 2015, pero no llegó a aprobarse antes de la celebración de las Elecciones Generales.
Fuentes de Hacienda alegan que no dio “tiempo a finalizar la última etapa de análisis del borrador”. El Gobierno en funciones no impulsará su aprobación y la lentitud en la formación del nuevo Ejecutivo convierte en prácticamente inviable la puesta en marcha en el periodo previsto.